PEDIDO DE INFORME SOBRE LA RECOLECCIÓN DE RESIDUOS

Visto:

Las demandas de los vecinos y vecinas ante la acumulación y desborde de residuos en los contenedores urbanos; 

Considerando:

Que la gestión municipal integral de los residuos implica un gran desafío de política pública, de ahí que su planificación deberá construirse a partir de la realidad municipal y provincial de los RSU  y la de sus gestores diarios;

Que este gran desafío necesita del compromiso de una multiplicidad de actores nucleados e involucrados de forma integral; 

Que estas políticas necesitan para su desarrollo contar con estadísticas e

 información fidedigna de base;

Que el artículo 1 de la  ley nacional n°25.831 de RÉGIMEN DE LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA AMBIENTAL establece: “La presente ley establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para garantizar el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos Aires, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas”;

Que existe la ley nacional n° 25.916 de GESTIÓN DE RESIDUOS DOMICILIARIOS;

Que la ley nacional N° 25.675 denominada Ley General del Ambiente en su artículo 1° inc. i dice: “Organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a la misma” teniendo las jurisdicciones municipales atenerse a esto según el Artículo 4°;

          Que existe la ley provincial N°13055 “Ley de basura Cero”;

POR ELLO LA CONCEJALA ANTONELLA GARCIA PROPONE AL CUERPO LEGISLATIVO LA APROBACIÓN DEL PRESENTE PROYECTO DE PEDIDO DE INFORME: 

ARTÍCULO 1º) Solicítese al DEM Q que informe a través de las Áreas correspondientes:

a) Diagnóstico actualizado del circuito de recolección de Residuos, que incluye:

Generación: cantidad y composición;

Infraestructura comunitaria existente: cestos, contenedores, etc.;

Sistema de recolección: frecuencia, sectores, población beneficiada, vehículos utilizados, empresa ejecutora;

Disposición inicial: emplazamiento, cantidades dispuestas, recuperación de materiales, etc.;

Disposición final: de qué manera se ejecuta y qué porcentaje del total de la fracción seca y que porcentaje de la fracción hùmeda tiene este destino;

Asignación presupuestaria para la gestión de residuos.

b) Ubicación de/los Rellenos Sanitarios Municipales o de disposición final:

Información de  cuántas toneladas de RSU se han dispuesto en el último año de gestión al mismo, con información desagregada por mes que permita ver la evolución. Si recibe algún tratamiento previo.

c) El estado actual de la planta de reciclaje. Saber si la fracción seca es separada y tiene algún tratamiento antes de ser comercializada. Saber quiénes son los compradores de estos residuos reciclados y si los recicladores urbanos intervienen en algún punto de esta cadena y/o si están alcanzados por alguna política pública municipal.  

d) Lugar donde se realiza la disposición final de ramas, pastos y residuos verdes en general. Tratamiento.

f) Lugar donde se realiza la disposición final de los residuos áridos y residuos inertes. Tratamiento.

g) Características operacionales del sistema actual de manejo de residuos, su efectividad y conveniencia.

h) Política de recolección en los barrios registrados en el ReNaBap donde no cuentan con servicio de recolección aparente ni infraestructura comunitaria.

i) Grandes generadores. Políticas y tratamiento.

j) Residuos patológicos. Recolección y tratamiento.

k) Residuos RAEE, NFU, AVU. Políticas y tratamiento.

ARTÍCULO 2°) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.



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