Proyecto de ordenanza
Visto:
La necesidad de crear condiciones especiales que contemplen la función que cumplen los Bomberos Voluntarios, y la importancia que reviste la licencia de conducir en el ejercicio de la actividad, y
Considerando:
Que es de público conocimiento que los Bomberos Voluntarios no perciben una remuneración por dicha labor.
Que todos coincidimos que desarrollan un trabajo solidario, invalorable con los vecinos, siendo de mucha importancia que puedan contar con su licencia de conducir para poder trasladarse de manera rápida y segura cuando se los requiera en algún sector de la ciudad.
Que hay que tener en cuenta que los Bomberos Voluntarios que se desempeñan como choferes deben acceder al carnet habilitante profesional, que tiene un costo mucho mayor al carnet de tipo particular.
Que hay demora de más de dos meses en la asignación de turnos.
Que de este modo, se busca reconocer, mediante el otorgamiento de la licencia de conducir sin cargo, al personal de Bomberos Voluntarios por su labor de riesgo y compromiso social, su nobleza, humildad, valentía, abnegación y vocación de servicio, como así también a su lucha incansable y disposición a entregar su vida por el prójimo.
POR ELLO LA CONCEJALA ANTONELLA GARCIA PROPONE AL CUERPO LEGISLATIVO LA APROBACIÓN DEL PRESENTE PROYECTO DE PEDIDO DE INFORME:
Artículo 1) Exímese a los Bomberos Voluntarios de la ciudad de Granadero Baigorria del pago de todas las tasas contempladas en el Capítulo IX, artículo 28, inciso H), tasa de Actuaciones administrativas y otras prestaciones de la Ordenanza Tributaria N° 4755/14 y Ordenanzas tributarias sucesivas.
Artículo 2) El Cuerpo de Bomberos Voluntarios, deberá presentar anualmente listado actualizado de las personas que gozarán del beneficio previsto en la presente Ordenanza.-
Artículo 3) Arbitrese los medios necesarios para confección de un sistema de turnos diferencial y preferencial.
Artículo 4) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.