PROYECTO DE ORDENANZA PARA PREVENCIÓN Y PLANIFICACIÓN ANTE FENÓMENOS METEREOLÓGICOS

VISTO:


La existencia y funcionamiento en la ciudad de Granadero Baigorria de la Asociación Civil
Centro de Monitoreo Meteorológico y Climático SAT (CMMC-SAT), dedicada al monitoreo,
investigación, análisis y elaboración de informes meteorológicos y climáticos;

La declaración N° 009/23 del Honorable Concejo Municipal mediante la cual se declaró de
Interés Municipal la labor desarrollada por dicha institución y se distinguió al Sr. Jorge Giometti
por su labor científica y de divulgación; y

CONSIDERANDO:

Que el Centro de Monitoreo Meteorológico y Climático SAT (CMMC-SAT) desarrolla tareas de
investigación, monitoreo y elaboración de informes meteorológicos y climáticos, brindando
información de utilidad para la prevención de riesgos y la planificación de acciones públicas.
Que dicha institución colabora con organismos científicos, académicos y de emergencia,
constituyéndose en una referencia regional en materia de monitoreo meteorológico y sistemas
de alerta temprana.

Que el Honorable Concejo Municipal reconoció oportunamente la importancia de sus
actividades mediante la Declaración N° 009/23, destacando especialmente el trabajo realizado
por su titular, Sr. Jorge Giometti.

Que los fenómenos meteorológicos extremos ocurridos en los últimos años han puesto de
manifiesto la necesidad de fortalecer las herramientas de prevención, planificación y respuesta
ante eventos climáticos adversos.

Que la adecuada planificación de tareas de mantenimiento de desagües, limpieza de zanjas,
saneamiento hidráulico, control de arbolado, organización de eventos públicos y demás
acciones municipales vinculadas a las condiciones climáticas requiere información técnica
actualizada y de proximidad territorial.

Que resulta conveniente promover la utilización de fuentes de información meteorológica
especializadas, complementarias a las emitidas por los organismos oficiales, aprovechando el
conocimiento y la experiencia desarrollada en nuestra propia ciudad.

POR ELLO LA CONCEJAL ANTONELLA GARCÍA PROPONE AL CUERPO LEGISLATIVO
LA APROBACIÓN DE LA SIGUIENTE ORDENANZA:


ARTÍCULO 1°: Establécese que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas que
correspondan, podrá utilizar como fuente complementaria de consulta los informes,
pronósticos, alertas y reportes elaborados por la Asociación Civil Centro de Monitoreo
Meteorológico y Climático SAT (CMMC-SAT), representada por el Sr. Jorge Giometti, a los fines
de la planificación, prevención y ejecución de acciones vinculadas a fenómenos meteorológicos
y climáticos.

ARTÍCULO 2°: La información referida en el artículo precedente podrá ser considerada para la
programación y ejecución de tareas de limpieza y mantenimiento de zanjas, canales y
desagües; prevención de inundaciones; mantenimiento del arbolado público; organización de
eventos masivos; operativos de emergencia; obras públicas; y toda otra acción municipal cuya
planificación pueda verse influenciada por las condiciones meteorológicas previstas.

ARTÍCULO 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal promoverá canales de comunicación e
intercambio de información con el Centro de Monitoreo Meteorológico y Climático SAT
(CMMC-SAT), a fin de facilitar el acceso a reportes, alertas tempranas y pronósticos de interés
para la gestión municipal.

ARTÍCULO 4°: La presente ordenanza no implica erogación alguna para el Municipio ni
sustituye la utilización de la información emitida por organismos meteorológicos oficiales,
constituyendo una herramienta complementaria para la toma de decisiones y la prevención de
riesgos.

ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese y archívese.

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