PROYECTO PARA MEJORAS EN CALLE 8 DE BARRIO LOS ROBLES

VISTO:

La situación de la calle 8, entre calle 2 y Antártida Argentina, en barrio Los Robles;

CONSIDERANDO:

Que en épocas de lluvia la calle se convierte en un barrial, con grandes charcos y acumulación de barro, lo que dificulta el tránsito vehicular y peatonal, afectando directamente la vida cotidiana de las familias del lugar.

Que la arteria se encuentra en un nivel más bajo que las calles adyacentes, lo que provoca que, ante temporales o lluvias intensas, la zona se inunde y su estado se deteriore aún más.

Que esta problemática constituye una deuda histórica de más de 25 años por parte del gobierno municipal con los vecinos y vecinas del barrio Los Robles.

Que la actual gestión lleva 13 años ininterrumpidos en el gobierno, habiendo prometido en reiteradas campañas la pavimentación y mejoras integrales en la zona, sin que hasta la fecha se haya concretado ninguna solución definitiva.

Que en su momento a través del mensaje n°0058/24 se anunció la solicitud de fondos en concepto de Obras menores al Gobierno de la Provincia de SAnta Fe destinados a la ejecución de una obra del aliviador pluvial para mejorar el escurrimiento y prevenir anegamientos, sin que se haya informado ni demostrado el avance o finalización de dicha obra.

Que la pavimentación de la calle, junto con un sistema de desagües pluviales eficiente, no solo mejorará la transitabilidad, sino que elevaría la calidad de vida y la seguridad de toda la comunidad.

POR ELLO LA CONCEJALA ANTONELLA GARCIA PROPONE AL CUERPO LEGISLATIVO LA APROBACIÓN DE LA PRESENTE MINUTA DE COMUNICACIÓN: 

ARTÍCULO 1°: Solicítese al DEM que, a través de la Secretaría de Obras Públicas, informe en un plazo no mayor a 15 (quince) días:

a) El plan de obras previsto para la calle 8, entre calle 2 y Antártida Argentina, del barrio Los Robles.

b) El destino de los fondos asignados para la obra de aliviador pluvial en la zona y el grado de ejecución de la misma.

c) Si existe proyecto y cronograma para la pavimentación de la mencionada arteria.

ARTÍCULO 2°: Requiérase al DEM que priorice las tareas de mejorado, drenaje y pavimentación de la calle 8, entre calle 2 y Antártida Argentina.

ARTÍCULO 3°: De forma.

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